Lo lograremos Juntos

Uniones de Hecho

Manténgase conectado

Cómo podemos ayudarlo

En los últimos años a los convivientes se les ha reconocido no solo derechos patrimoniales sino también derechos personales, lo cual se ha dado no solo a nivel legislativo sino también jurisprudencial. Para que una unión de hecho goce de la totalidad de derechos reconocidos es imperioso e ineludible que esta sea declarada judicialmente o que se encuentre inscrita en el Registro Personal de Registros Públicos (Artículo 39 de la Ley 26662 y Ley 29560).

Ayudándolo en el Juzgado o en la Notaría

Conviviendo

Unión estable entre un varón y una mujer; es decir, debe ser una pareja heterosexual que conviva, que tenga intimidad y vida sexual, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio. Se equipara la unión de hecho al matrimonio. En ese sentido, nos remitimos a lo regulado en los artículos 288 y 289 del Código Civil y establecemos que son deberes que nacen del matrimonio y de las uniones de hecho: el deber de fidelidad, de asistencia, de cohabitación y respecto a los hijos, tienen el deber de alimentarlos y educarlos. Una de las finalidades del matrimonio y también de la unión de hecho es hacer vida en común para lo cual, se debe establecer un domicilio conyugal o convivencial, según sea el caso. En las relaciones matrimoniales, cuando se rompe este deber pueden ocurrir distintas consecuencias: que el matrimonio continúe vigente a pesar que ya no viven juntos o que debido a este alejamiento, se inicie un proceso de separación legal o divorcio por mutuo acuerdo o por las causales de separación de hecho o abandono injustificado del hogar conyugal. En el caso de las uniones convivenciales, esta separación física da lugar a la culminación de la unión de hecho.

“Análoga dificultad supone el vivir con la persona a quien se ama, como amar a la persona con quien se vive.”

Jean Rostand

plan de acción

Conozca sus derechos

En nuestra primera reunión le informaremos de los derechos que le asisten, lo que se ajusta a la ley civil y qué es lo que aplica a los distintos aspectos de una Unión de Hecho en los distintos aspectos que aplique a su caso, sea que está iniciando su relación o terminándola.

01

Un paso adelante

Reuna todos los medios probatorios que pueda mientras la relación no se haya quebrantado y cuide cada acto y decisión que tome hasta haber planteado la estrategia.

02

Preparando su caso

Establezcamos la mejor estrategia, seleccionemos los mejores medios probatorios incluyendo los necesarios y aseguremos el mejor resultado. 

03

Logrando sus metas

Tengamos claras las metas del propósito, tanto las de relaciones que se mantienen con los hijos y ex-pareja así como la correcta separación de bienes que logrará una relación armoniosa a futuro

Somos parte de la Familia. Hasta el Final

Y empatizamos con la circunstancia que le ha tocado vivir

No está solo

Nuestro servicio profesional Incluye:

El asesorarlo en todos y cada uno de los aspectos relacionados con el proceso que va a enfrentar, de manera tal que se pueda dar el resultado deseado de la mejor manera.

Temas Importantes que pueden surgir en el proceso

  • Medidas Cautelares
  • Denuncias por Violencia Familiar
Separación de Patrimonios
Asesoría en la etapa de Conciliación previa
Asistencia en las Audiencias que se den a nivel Notarial o Judicial
Inscripción de los actos en los Registros Públicos y en la RENIEC